Sonríe, en Aleluya también puedes registrar a tus empleados extranjeros sin complicarte. ¡Ahí te va!
⚖️Normatividad
Para el caso de los extranjeros, la Ley 100 de 1993 previó este escenario sobre la cotización de pensión. Según el artículo 15 - Modificado por el art. 3, Ley 797 de 2003 nos menciona que los extranjeros que se encuentran en el país debido a un contrato de trabajo y no estén cubierto por ningún esquema de pensión en su país de origen, deben contribuir a una pensión en Colombia.
Esta exención existe para que nadie pague pensión dos veces 💸: ni acá ni en su país de origen. Así se asegura que el trabajador esté bien cubierto, sin duplicar aportes. Para acceder a este beneficio, tu empleado deberá mostrarte la documentación oficial que certifique que está afiliado y al día con su fondo de pensiones extranjero.
Tip salvavida: Incluso si ya está afiliado a un esquema de pensiones en su país de origen u otro país, todavía tiene la opción de afiliarse voluntariamente y contribuir a una pensión en Colombia.
Y, sí tomamos la resolución 2388 de 2016 numeral 2.1.2.3.3, deberá diligenciar el Campo 7 - Extranjero no obligado a cotizar a pensiones en donde deberá corresponder a alguno de los siguientes tipo de documento:
Cédula de extranjería (CE),
Pasaporte (PA),
Carné diplomático (CD),
Salvo conducto de permanencia (SC);
Este campo también podrá́ ser utilizado con el tipo de documento - PE. Permiso Especial de Permanencia de conformidad con lo previsto en la Resolución 3016 de 2017
🤓 Ten en cuenta
El cambio de tipo de documento debe hacerse por periodos completos (por mes), no a mitad de un periodo.
Evita generar dos tipos de documento distintos dentro del mismo periodo, ya que esto puede generar errores en la planilla de seguridad social.
El número del PEP debe tener mínimo 15 dígitos, todos numéricos.
😉 ¿Listo? Así se registra un empleado extranjero en Aleluya
Dirígete al módulo de Nómina y selecciona Personas.
Haz clic en el botón Agregar Persona.
Diligencia los campos solicitados y, cuando llegues a Tipo de documento, elige la opción que corresponda: Permiso Especial de Permanencia (Exento pensión), Cédula de extranjería (Exento pensión) o Permiso de Protección Temporal (Exento pensión).
Haz clic en Guardar y continuar. ✅

