Sonríe, en Aleluya te explicamos que debes pagar por los aprendices y estudiantes para que quede mas claro que el agua ¡Ahí te va!
Temas que encontrarás en este artículo:
¿Que reciben los estudiantes y aprendices?
¿Que reciben los estudiantes y aprendices?
Estos contratos pueden tener una duración máxima de 2 años, y el estudiante o aprendiz no recibe salario sino una compensación económica (cuota de sostenimiento) por parte de la empresa así:
Aspectos importantes
- En los contratos de aprendizaje que apliquen a Salud, los estudiantes deben estar afiliados al régimen de Salud, donde la empresa asume el costo total y éste se debe hacer sobre un salario mínimo.
- La ley 789 de 2002, en su artículo 30, señala que el auxilio económico al Aprendiz Sena en la fase práctica será del 100% de un (1) SMMLV cuando el desempleo sea inferior al 10%
- Para los estudiantes en práctica que se acogen al régimen especial Ley 789 de 2002, se deben realizar aportes a Pensión, Salud y ARL.
- Por el Decreto 055 de 2015, se establecieron las reglas para la afiliación y pago al Sistema General de Riesgos para estudiantes cuyo trabajo sea una fuente de ingreso para la institución donde trabajen y este entrenamiento sea requisito para terminar sus estudios y generen un riesgo ocupacional. Para estos estudiantes se debe hacer el aporte a Riesgos sobre un (1) salario mínimo, no debe aportar a los otros subsistemas. (Estudiante pasantía Decreto 055 de 2015)
- En el contrato de aprendizaje y en el de estudiante las personas no tienen derecho a Prestaciones sociales (Vacaciones, Prima y Cesantías), ya que son diferentes al contrato de trabajo.
Si tienes alguna duda con este proceso ¡Relax! escríbenos al chat o a soporte@aleluya.com
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