Sonríe, te contamos por qué el IBC de caja de compensación y parafiscales puede ser diferente al de seguridad social. ¡Ahí te va!
🔥Diferencias de IBC en la PILA
Cuando tu operador de información te genera un alerta porque el valor IBC en la caja de compensación es diferente al valor IBC de salud y pensión, lo más probable es que al empleado se le están pagando vacaciones en dinero, bien sea por cualquiera de estas dos situaciones:
Se registraron en Aleluya días compensados en dinero y NO disfrutados.
Se realizó liquidación laboral al empleado y hay compensación de vacaciones por los días que se liquidaron.
En estos casos (compensación de vacaciones), este valor se debe tener en cuenta para el IBC parafiscales, y por esta razón es que queda el IBC para Salud y Pensión diferente.
Ojo: Para los contratos a tiempo parcial son la excepción a esta regla porque prevalece que el aporte se realiza sobre los días laborados (Semanas cotizadas) Es decir, sí liquidas al empleado esas vacaciones no se incluye en el IBC de parafiscales.
Respuesta a consulta ante la UGPP: "...el valor pago por concepto de vacaciones siempre hará parte del IBC para aportes parafiscales, por el contrario no hará parte del IBC en seguridad social. Es decir que el IBC puede ser diferente por lo explicado con anterioridad."
Sí deseas complementar sobre este tema te recomiendo leer estás normas 💜
Tip's salvavidas 🛟
- No debemos confundir el comportamiento de las vacaciones compensadas VS vacaciones disfrutadas para construir el IBC de seguridad social. Te doy un ejemplo rápido para que te vuelvas un experto: Sí tenemos en un periodo vacaciones en dinero, ese valor suma solo en parafiscales, en cambio si tienes vacaciones disfrutadas, sumará a pensión, salud y parafiscales.
- También puedes guiarte de ¿Cómo se reporta en planilla? cuando la persona tuvo vacaciones compensadas se suman los pagos salariales + vacaciones en dinero en una sola línea. En cambio, las disfrutadas los pagos salariales se encuentran en líneas separadas.
🫡¿Por qué al IBC de salud y pensión no sumamos las vacaciones en compensadas?
Esto tiene una razón normativa, según el Ministerio del Trabajo y al mismo Consejo de Estado, Sección Cuarta (
sentencia 20487 del 3 de agosto de 2016), no es obligatorio pagar seguridad social sobre las vacaciones compensadas en dinero. A diferencia de lo que sucede con los aportes a parafiscales, donde una ley expresamente lo exige. Esto no sucede con los aportes a seguridad social regulados por la Ley100 de 1993, al no existir esa obligación, no se puede incluir dentro de la obligación de pagar la seguridad social.