Las vacaciones disfrutadas son ese merecido descanso que los empleados se ganan tras un año de trabajo. Según el artículo 186 del Código Sustantivo del Trabajo, todo trabajador tiene derecho a mínimo 15 días hábiles de vacaciones. Estas no se consideran salario ni prestación social, pero sí deben registrarse correctamente en tu nómina.
Si tu empleado se va de corrido a descansar (envidia sana), sigue estos pasos:
Entra a Liquidar Nómina.
Busca al empleado y en la columna Novedades, haz clic en Agregar.
Selecciona Vacaciones y luego da clic en Ingresar.
En Días disfrutados en el periodo, escoge el Día inicio y el Día fin.
Haz clic en Guardar.
Si tu empleado se toma las vacaciones por partes (como quien se come el postre a mordisquitos), también lo puedes registrar así de fácil:
Ve a Liquidar Nómina.
Ubica al empleado y en Novedades, haz clic en Agregar.
Selecciona Vacaciones y dale clic a Ingresar.
Registra el primer bloque de días (inicio y fin).
Haz clic en Agregar vacaciones para registrar el siguiente bloque.
Repite los pasos por cada bloque que necesites.
Haz clic en Guardar.