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Conoce cómo aplica la Ley 590 del 2000 en la liquidación de los aportes parafiscales de tu compañía

Aplicar la Ley 590 de 2000 a los aportes parafiscales y conocer la exoneración para pequeñas empresas y quiénes aplican

Así aplica la Ley 590 del 2000 en la liquidación de aportes parafiscales de tu empresa.

Si tu empresa es micro, pequeña o mediana, la Ley 590 del 2000 puede ayudarte a pagar menos aportes parafiscales durante tus primeros años de operación. En este artículo te contamos qué dice la norma, quiénes pueden aplicar y cómo configurarla en Aleluya sin enredos.

¿Qué es la Ley 590 del 2000 y a quién le aplica?

La Ley 590 del 10 de julio de 2000 nació para impulsar el crecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) en Colombia. Según el artículo 5, tu empresa puede ser beneficiaria si cumple con estas dos condiciones clave:

  • Tiene menos de 200 cotizantes.

  • Fue constituida a partir del 10 de julio del año 2000.

El beneficio clave: reducción en aportes parafiscales

El artículo 43 de la Ley 590 estableció un estímulo bien bonito 💚:

una reducción progresiva en los aportes parafiscales destinados a:

  • SENA

  • ICBF

  • Cajas de Compensación Familiar

¿Cómo funciona esa reducción?

La disminución se aplica así, año por año desde el inicio de operaciones:

  • Primer año: pagas solo el 25% del aporte (75% de descuento).

  • Segundo año: pagas el 50% del aporte.

  • Tercer año: pagas el 75% del aporte.

  • A partir del cuarto año: pagas el 100% normal.

Todo claro, todo progresivo. Nada de sorpresas.

Cómo configurar la Ley 590 del 2000 en Aleluya

Si tu empresa cumple los requisitos, configurarlo en Aleluya es facilísimo.Relax, sigue estos pasos 👇

  1. Ve al módulo Empresa.

  2. Entra a la sección Preferencias de pago y PILA.

  3. Haz clic en Editar.

  4. Desplázate hasta Configura la Seguridad Social.

  5. En el campo Aplica para la Ley 590 de 2000, selecciona .

  6. Guarda los cambios.

🎉 ¡Aleluya!Desde ese momento, Aleluya hará la liquidación de los aportes parafiscales de forma progresiva, tal como lo indica la ley.

Ojo con esto 👀 (importante)

  • No puedes aplicar la Ley 590 y la Ley 1429 al mismo tiempo.

  • Debes elegir solo una para tu empresa.

  • 📌 Esta información es orientativa sobre cómo Aleluya gestiona la norma.

  • 👩‍💼👨‍💼 Siempre valida tu caso específico con tu contador, asesor legal o las entidades correspondientes. Ellos tienen la última palabra.

¿Qué sigue?

Si tu empresa aplica a este beneficio, actívalo hoy mismo en Aleluya y deja que la plataforma haga el trabajo pesado por ti 💪
Y si tienes dudas, relax, escríbenos por soporte y te acompañamos paso a paso.

¡Aleluya! 💚


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