El 10 de Julio del año 2000 el Gobierno Nacional expidió la Ley 590 con el fin de promover el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas. Según el Artículo 5, para ser beneficiario de ésta ley, tu empresa debe:
Entre otras disposiciones, esta ley en su Artículo 43 estableció un estímulo a la creación de empresas decretando una reducción en los aportes que realicen este tipo de empresas destinados a SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar y que además se hayan constituido e instalado a partir de la promulgación.
Estas reducciones empezarán a aplicar de forma progresiva de la siguiente manera:
Si tu compañía es beneficiaria de la Ley 590 del 2000, relax sigue estos sencillos pasos para efectuar la configuración:
¡Aleluya! De ésta forma se empezará a realizar la liquidación de los aportes parafiscales de tu empresa en forma progresiva.
Esta información ha sido publicada con el fin de orientarte sobre el manejo que tienen éste tipo de normas en Aleluya. Debes siempre consultar con tu contador, asesor legal o entidades correspondientes, ya que sólo ellos serán quienes te asesorarán sobre el manejo que esta legislación tiene en cada caso particular.