Conoce cómo aplica la Ley 590 del 2000 en la liquidación de los aportes parafiscales de tu compañía

Conoce cómo aplica la Ley 590 del 2000 en la liquidación de los aportes parafiscales de tu compañía


Así aplica la Ley 590 del 2000 en la liquidación de aportes parafiscales de tu empresa.

Si tu empresa es micro, pequeña o mediana, la Ley 590 del 2000 puede ayudarte a pagar menos aportes parafiscales durante tus primeros años de operación. En este artículo te contamos qué dice la norma, quiénes pueden aplicar y cómo configurarla en Aleluya sin enredos.

¿Qué es la Ley 590 del 2000 y a quién le aplica?

La Ley 590 del 10 de julio de 2000 nació para impulsar el crecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) en Colombia. Según el artículo 5, tu empresa puede ser beneficiaria si cumple con estas dos condiciones clave:
  • Tiene menos de 200 cotizantes.
  • Fue constituida a partir del 10 de julio del año 2000.

El beneficio clave: reducción en aportes parafiscales

El artículo 43 de la Ley 590 estableció un estímulo bien bonito 💚:

una
reducción progresiva en los aportes parafiscales destinados a:
  • SENA
  • ICBF
  • Cajas de Compensación Familiar

¿Cómo funciona esa reducción?

La disminución se aplica así, año por año desde el inicio de operaciones:
  • Primer año: pagas solo el 25% del aporte (75% de descuento).
  • Segundo año: pagas el 50% del aporte.
  • Tercer año: pagas el 75% del aporte.
  • A partir del cuarto año: pagas el 100% normal.
Todo claro, todo progresivo. Nada de sorpresas.

Cómo configurar la Ley 590 del 2000 en Aleluya

Si tu empresa cumple los requisitos, configurarlo en Aleluya es facilísimo.
Relax, sigue estos pasos 👇
  1. Ve al módulo Empresa.
  2. Entra a la sección Preferencias de pago y PILA.
  3. Haz clic en Editar.
  4. Desplázate hasta Configura la Seguridad Social.
  5. En el campo Aplica para la Ley 590 de 2000, selecciona .
  6. Guarda los cambios.
🎉 ¡Aleluya!
Desde ese momento, Aleluya hará la liquidación de los aportes parafiscales de forma progresiva, tal como lo indica la ley.


  

Ojo con esto 👀 (importante)

  • No puedes aplicar la Ley 590 y la Ley 1429 al mismo tiempo.
  • Debes elegir solo una para tu empresa.
  • 📌 Esta información es orientativa sobre cómo Aleluya gestiona la norma.
  • 👩‍💼👨‍💼 Siempre valida tu caso específico con tu contador, asesor legal o las entidades correspondientes. Ellos tienen la última palabra.


¿Qué sigue?

Si tu empresa aplica a este beneficio, actívalo hoy mismo en Aleluya y deja que la plataforma haga el trabajo pesado por ti 💪
Y si tienes dudas, relax, escríbenos por soporte y te acompañamos paso a paso.
¡Aleluya! 💚