Conoce cómo son los aportes a Seguridad Social y Parafiscales durante el periodo de incapacidad.

Conoce cómo son los aportes a Seguridad Social y Parafiscales durante el periodo de incapacidad.

Sonríe 😄, aquí te explicamos qué se paga y qué no cuando un empleado está incapacitado

Cuando un empleado entra en incapacidad, surgen muchas dudas:
👉 ¿Se siguen pagando aportes?
👉 ¿Aplica parafiscales?
👉 ¿Sobre qué valor se cotiza?

Relax, en Aleluya te lo explicamos claro y sin vueltas. ¡Ahí te va!

🩺 ¿Qué pasa con los aportes durante una incapacidad?

Durante un periodo de incapacidad, el empleador debe seguir realizando los aportes a Seguridad Social, aunque el trabajador no esté prestando el servicio normalmente.

Eso sí, hay diferencias importantes entre Seguridad Social y Parafiscales 👇

📚 Lo que dice la norma (importante tenerlo claro)

Según el Artículo 227 del Código Sustantivo del Trabajo:

En caso de incapacidad comprobada por enfermedad no profesional, el trabajador tiene derecho a un auxilio monetario hasta por 180 días:

  • ⅔ del salario durante los primeros 90 días

  • ½ del salario por el tiempo restante

Este artículo fue declarado condicionalmente exequible mediante la Sentencia C-543 de 2007, aclarando que la remuneración nunca puede ser inferior al salario mínimo legal mensual vigente.

⚙️ ¿Cómo puedes configurar el cálculo de la incapacidad en Aleluya?

En Aleluya puedes definir cómo se liquida la incapacidad general, según la política de tu empresa:

  • 66,67 % del día 1 al 90

  • 100 % del día 1 al 90

  • 100 % los dos primeros días y desde el día 3 el 66,67 %

Tú eliges cómo manejarlo. Aleluya se encarga del cálculo.

🤓 A tener en cuenta durante la incapacidad

Durante los días de incapacidad:

  • Se siguen pagando aportes a Salud y Pensión

    • Tanto el empleador como el empleado deben aportar

    • En los porcentajes que correspondan a cada uno ➡️Aqui

  • No se pagan aportes a la ARL

    • El empleador debe reportar la novedad de incapacidad en la planilla de seguridad social

🤯 ¿Cuál es el IBC para estos aportes?

El Ingreso Base de Cotización (IBC) durante la incapacidad será:

👉 El valor de la incapacidad pagada

Esto está respaldado por el Concepto 52751 del Ministerio del Trabajo.

😲 ¿Qué pasa con los aportes parafiscales?

Durante los días de incapacidad NO hay lugar al pago de aportes parafiscales, sin importar si la incapacidad es:

  • De origen común

  • O de origen profesional

Esto aplica para:

  • SENA

  • ICBF

  • Caja de Compensación Familiar

¿Por qué?
Porque lo que recibe el trabajador durante la incapacidad es un auxilio económico, y este:

  • ❌ No es salario

  • ❌ No es descanso remunerado

Idea

💡 Tip Aleluya

  • En incapacidad sí cotizas Salud y Pensión

  • No cotizas ARL ni Parafiscales

  • El IBC es el valor de la incapacidad, no el salario completo

  • Reporta siempre la novedad en la planilla para evitar errores

⚠️ Importante

Esta información tiene fines orientativos sobre cómo se manejan estas normas dentro de Aleluya.
Para casos específicos, valida siempre con:

  • Tu contador

  • Tu asesor legal

  • O las entidades correspondientes

Si necesitas ayuda en la plataforma:

  • Escríbenos por el chat o mándanos un correo a soporte@aleluya.com

    Relax, aquí te ayudamos a entender la nómina sin dolores de cabeza.

¡Aleluya! 💜🩵