Conoce cuáles son los aportes y pagos de los contratos de aprendices y estudiantes

Conoce cuáles son los aportes y pagos de los contratos de aprendices y estudiantes

Sonríe, en Aleluya te explicamos clarito como el agua,que debes pagar por los aprendices y estudiantes ¡Ahí te va!

¿Que reciben los estudiantes y aprendices? 

Estos contratos pueden tener una duración máxima de 2 años, y el estudiante o aprendiz no recibe salario sino una compensación económica (cuota de sostenimiento) por parte de la empresa así:



   

Aspectos importantes

  • En los contratos de aprendizaje que apliquen a Salud, los estudiantes deben estar afiliados al régimen de Salud, donde la empresa asume el costo total y éste se debe hacer sobre un salario mínimo.
  • La ley 789 de 2002, en su artículo 30, señala que el auxilio económico al Aprendiz Sena en la fase práctica será del 100% de un (1) SMMLV cuando el desempleo sea inferior al 10%.
  • Para los estudiantes en práctica que se acogen al régimen especial Ley 789 de 2002, se deben realizar aportes a Pensión, Salud y ARL.
  • Por el Decreto 055 de 2015, se establecieron las reglas para la afiliación y pago al Sistema General de Riesgos para estudiantes cuyo trabajo sea una fuente de ingreso para la institución donde trabajen y este entrenamiento sea requisito para terminar sus estudios y generen un riesgo ocupacional. Para estos estudiantes se debe hacer el aporte a Riesgos sobre un (1) salario mínimo, no debe aportar a los otros subsistemas. (Estudiante pasantía Decreto 055 de 2015).
  • En el contrato de aprendizaje y en el de estudiante las personas no tienen derecho a Prestaciones sociales (Vacaciones, Prima y Cesantías), ya que son diferentes al contrato de trabajo.