Conoce cuáles son los aportes y pagos de los contratos de aprendices y estudiantes
Sonríe, en Aleluya te explicamos clarito como el agua, que debes pagar por los aprendices y estudiantes ¡Ahí te va!
La vinculación de aprendices se realiza mediante la figura legal del contrato de aprendizaje como forma especial de contratación del derecho laboral, la cual tiene como objetivo brindar formación técnica y tecnológica a jóvenes y adultos en diferentes áreas de especialización.
✨ Aspectos importantes
- La Ley 2466 del 25 de junio de 2025 en el capítulo IV indica que este pasa a ser un contrato laboral especial y a término fijo.
- Si es una formación dual, el aprendiz recibirá, como mínimo durante el primer año, el equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) de un (1) salario mínima legal mensual vigente y durante el segundo año el equivalente al cien por ciento (100%) de un (1) salario mínima legal mensual vigente.
- En el contrato laboral especial y a término fijo (antes contrato de aprendizaje) tienen derecho a Prestaciones sociales (Prima, Cesantías e Intereses a las cesantías).
- Durante la fase lectiva, el aprendiz estará cubierto por el sistema de seguridad social en salud y riesgos laborales, pagado plenamente para la empresa coma dependiente. Durante la fase práctica a durante toda la formación dual, el aprendiz estará afiliado a riesgos laborales y al sistema de seguridad social integral en pensiones y salud conforme al régimen de trabajadores dependientes.
- Si el aprendiz es estudiante universitario, el apoyo de sostenimiento mensual no podrá ser inferior al equivalente a un (1) salario mínimo legal vigente, sin importar si la formación es o no dual.
- Para los estudiantes en práctica que se acogen al régimen especial Ley 789 de 2002, se deben realizar aportes a Pensión, Salud y ARL.
- Por el Decreto 055 de 2015, se establecieron las reglas para la afiliación y pago al Sistema General de Riesgos para estudiantes cuyo trabajo sea una fuente de ingreso para la institución donde trabajen y este entrenamiento sea requisito para terminar sus estudios y generen un riesgo ocupacional. Para estos estudiantes se debe hacer el aporte a Riesgos sobre un (1) salario mínimo, no debe aportar a los otros subsistemas. (Estudiante pasantía Decreto 055 de 2015).
🤔 ¿Qué reciben los estudiantes y aprendices?
Estos contratos pueden tener una duración máxima de 2 años, y el estudiante o aprendiz no recibe salario, sino una compensación económica (cuota de sostenimiento) por parte de la empresa así: