Ir al contenido principal

Conoce cuándo se debe pagar el recargo en días de descanso obligatorio

Saber cuándo pagar el recargo en días de descanso obligatorio en Colombia por trabajo en domingo o festivo y conocer el porcentaje del recargo

🌟Sonríe 😁 en Aleluya te contamos de acuerdo a la normatividad vigente, cuando debes pagar el recargo en días de descanso obligatorio y cuando aplica. ¡Ahí te va! 🌟

¿Qué son los recargos en días de descanso obligatorio? 🤔

El recargo en días de descanso obligatorio es un valor adicional que debes de aplicar cuando tu empleado labora los días de descanso que por Ley están establecidos, es decir, el día que tiene asignado el trabajador como su día de descanso y festivos.

👩🏻‍🍳 Mary trabaja en un restaurante y su día de descanso obligatorio es el martes😌

Por esta razón, cada vez que Mary labore un martes, tendrá derecho a recibir el pago de ese día con un recargo del 90% 💸, ya que está prestando sus servicios durante su día de descanso obligatorio. 👩🏻‍⚖️

Asimismo, si Mary trabaja en un día festivo, sin importar qué día de la semana corresponda, también deberá recibir el pago de ese día con el recargo correspondiente establecido por la ley. 🎉📅

¿Qué nos dice la Ley?📜

En el artículo 179 de la Ley 2466 de 2025 (Reforma Laboral) nos indica textualmente lo siguiente:

"Remuneración en días de descanso obligatorio.

El trabajo en día de descanso obligatorio, o días de fiesta se remunera con un recargo del ciento por ciento (100%) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas, sin perjuicio del salario ordinario a que tenga derecho el trabajador por haber laborado la semana completa."

🤯 ¡Pero más arriba dijiste que a Mary se le paga el recargo al 90 %! 🤯 Tranqui, ¡que no panda el cúnico! 🤭 lo que pasa es que se espera que para el 2027 sea del 100 %, mientras tanto, será gradual el aumento; a partir del 1 de julio de 2026 el recargo es del 90 %.

🚨👀"Parágrafo transitorio. Implementación Gradual. El recargo del 100% de qué trata este artículo, podrá ser implementado de manera gradual por el empleador, de la siguiente manera:

  • A partir del primero de julio de 2025, se incrementará el recargo por laborar en día de descanso obligatorio a 80%.

  • A partir del primero de julio de 2026, se incrementará el recargo por laborar en día de descanso obligatorio a 90%.

  • A partir del primero de julio de 2027, se dará plena aplicación al recargo por laborar, día de descanso obligatorio en los términos de este artículo."

¿Por qué se aplica el recargo en días de descanso obligatorio? 🤔

Porque sabemos que cuando una persona trabaja en su día de descanso obligatorio o en un día festivo, está renunciando a un tiempo que normalmente estaría destinado al descanso, la familia o las actividades personales. Y la Ley quiere compensar ese esfuerzo con platica extra 💵. (😅 A demás dejémonos de vainas, es justo que Mary tenga estos recargos, ha cambiado un festivo de asado por trabajo 👩🏻‍🍳)

Si tus empleados trabajan el día de descanso obligatorio o los festivos, ¡ponte las pilas y ajusta la nómina! Si tienes dudas puntuales sobre los recargos, te invitamos a consultarlo directamente con el Ministerio de Trabajo, entidad correcta que te resolverá dudas frente a esta Ley 🎉

Recuerda, en Aleluya todo es fácil, ¡y con estos cambios, también!, escríbenos, [email protected] 😎

¿Ha quedado contestada tu pregunta?