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Aportes de seguridad social y parafiscales en el salario integral (sin enredos)

Calcular los aportes de seguridad social y parafiscales de un empleado con salario integral y sus porcentajes en Aleluya

Si tienes empleados con salario integral, este tema es clave para no meter la pata con la UGPP ni pagar de más (o de menos 😬). Aquí te explicamos sobre qué valor se calculan los aportes a seguridad social y parafiscales, qué dice la ley y cómo lo manejamos en Aleluya. Relax, que es más fácil de lo que parece.

¿Cómo funciona el salario integral?

  • Un salario integral aplica cuando el ingreso es mínimo 13 SMMLV y se divide así:

    • 70 % salario

    • 30 % factor prestacional (ya incluye prestaciones, recargos, etc.)

    👉 Aunque el empleado recibe el 100 %, los aportes no se calculan sobre todo el valor.

Base para aportes a Seguridad Social

  • La Ley 100 de 1993, la Ley 789 de 2002 y la UGPP son claras:

    • Los aportes a Salud, Pensión y ARL se calculan sobre el 70 % del salario integral

    • Esto aplica incluso si ese 70 % es menor a 10 SMMLV

    📌 En palabras simples:

    El IBC siempre será el 70 % del salario integral.

Base para aportes parafiscales

  • El Artículo 18 de la Ley 50 de 1990 lo confirma:

    • Los aportes parafiscales también se calculan sobre el 70 % del salario integral

    En Aleluya lo hacemos tal cual manda la ley, sin inventos raros 🙌

Aportes parafiscales

  • El Artículo 18 de la Ley 50 de 1990 define que la base para efectuar los Aportes parafiscales es el setenta por ciento (70%) del salario.

  • Entonces, en Aleluya los Aportes Parafiscales se realizarán sobre el 70% de la totalidad del Salario Integral.

Ejemplo rápido (porque con números se entiende mejor)

Un empleado tiene un salario integral de $15.000.000


Cálculo del IBC:

$15.000.000 × 70 % = $10.500.000

👉 $10.500.000 es la base para:

  • Seguridad social

  • Aportes parafiscales

¿Y qué pasa con SENA, ICBF y Caja de Compensación?

Ojo a este detalle importante 👀
Según la Ley 50 de 1990:

  • El salario integral NO está exento de:

    • SENA

    • ICBF

    • Cajas de Compensación Familiar

  • PERO esos aportes se calculan con una disminución del 30 %

En resumen:

  • Sí se pagan

  • Pero no sobre el 100 % del salario, sino ajustados al esquema del salario integral

Recursos útiles

(Si Aleluya automatiza esto… es porque está bien hecho 😉)

CTA final

¿Tienes empleados con salario integral y quieres estar tranquilo con la UGPP?
👉 Déjalo en manos de Aleluya y olvídate de cálculos manuales, dolores de cabeza y sustos legales.

Y si te quedó alguna duda, relax: escríbenos por el chat y lo revisamos contigo 💚

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