Conoce las tres formas de emitir vacaciones en tu nómina electrónica

Conoce las tres formas de emitir vacaciones en tu nómina electrónica


Sonríe, en Aleluya tenemos tres opciones para emitir las vacaciones en la nómina electrónica ¡Ahí te va!

¿Cuáles son las tres formas de emitir nómina electrónica?

Teniendo en cuenta que no hay unanimidad en la norma, en Aleluya se implementaron tres formas de emitir las vacaciones en la nómina electrónica, para que decidas con asesoría de tu contador, cómo vas a soportar a la DIAN mediante el documento soporte de nómina electrónica los costos y gastos por el concepto de vacaciones así: 

  • Las vacaciones se incluyen al momento del pago.
  • Las vacaciones se incluyen mensualmente de acuerdo al concepto de devengo.
  • Las vacaciones se reportan en diciembre si no se han pagado durante el año. 
Ten en cuenta que para cada una de las opciones la forma de reportar las vacaciones es diferente.

Las vacaciones se incluyen al momento del pago 

De acuerdo con la Resolución 000013 del 11 de febrero de 2021 en el documento soporte de pago de nómina electrónica se reportarán los ingresos y deducciones que se le hayan abonado en cuenta al empleado en el periodo; es decir si en el periodo el empleado tuvo vacaciones, este valor se va a reportar a la DIAN. 

Las vacaciones se incluyen mensualmente de acuerdo al concepto de devengo 

Atendiendo el Concepto 100202208- 521 de 2022 de la DIAN que explica que las vacaciones deben incluirse en el reporte del documento soporte de pago de la nómina electrónica, en función del devengo contable, independientemente del mes en el que el trabajador disfrute las vacaciones y estas sean pagas.

Las vacaciones se reportan en diciembre si no se han pagado durante el año 

En esta opción de emisión de nómina electrónica se reporta las vacaciones que se causarón durante el año, independientemente de la fecha de ingreso del trabajador, en la nómina de diciembre que se emite en enero del siguiente año.