Conoce los porcentajes para la liquidación ARL según la clase de riesgo.

Conoce los porcentajes para la liquidación ARL según la clase de riesgo.

Sonríe, el porcentaje que se utiliza para el cálculo de los aportes mensuales que debe efectuar la empresa se toma con base a la tarifa correspondiente a la clasificación de riesgo de la actividad económica que desempeña la empresa ¡Ahí te va!

Los porcentajes para la liquidación de la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) son fundamentales porque determinan el costo que debe asumir el empleador según la clase de riesgo asignada a sus trabajadores. Cada clase de riesgo, que varía de 1 a 5 en Colombia, tiene un porcentaje específico que se aplica al Ingreso Base de Cotización (IBC).

💚 A tener en cuenta:

La actualización de la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales es fundamental para reflejar de manera precisa los riesgos asociados a las distintas actividades laborales. Esto asegura que los trabajadores estén correctamente identificados según su actividad económica y que los riesgos, directos o indirectos, sean evaluados adecuadamente. Una clasificación precisa también permite implementar medidas de prevención efectivas y adecuadas a cada sector, mejorando así la seguridad y salud en el trabajo.

  1. Recuerda que ahora, cada actividad económica cuenta con  una clase de riesgo asociado.
  2. Sí, requieres una clase de riesgo en específico, pero este no está dentro de la clasificación de tu actividad económica, te recomendamos que te asesores con tu administrador de la ARL, para que validen de acuerdo a tu actividad, qué código CIIU debes de asociar para esa clase de riesgo.
  3. Recuerda que el código CIIU consta de 4 dígitos.

😉 Tabla de cotización, clase de riesgos:

De acuerdo con la clase de riesgos, el Gobierno Nacional estableció la siguiente tabla de cotización:



🤩 Base aplicable a la tarifa de riesgos

La tarifa se aplica a los ingresos salariales que haya devengado el empleado en el mes.

  • Para el cálculo no se tiene en cuenta: subsidio de transporte, valor de vacaciones compensadas ni demás ingresos no constitutivos de salario.

  • No se genera pago al Sistema de Riesgos Laborales (ARL), durante período de: Vacaciones disfrutadas, Licencia remunerada, maternidad o paternidad, Licencia no remunerada, suspensión o abandono del puesto de trabajo.