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Aprendamos a sacar la base de vacaciones en tiempo parcial

Sonríe, en Aleluya te contamos todo sobre las vacaciones sobre el contrato de tiempo parcial ¡Ahí te va!

✏️¿Cómo se calcula la base de vacaciones?

Cuando vamos a construir la base de vacaciones de un contrato tiempo parcial hay 4 puntos esenciales que debes conocer. Para no hacernos bolas, te explicaré a través de un corto ejemplo de lo que debemos tener en el radar:

1- ¿Cuándo tomó vacaciones?

2- Determinar la cantidad de días calendario

3- Conocer la cantidad de días que trabajó la persona en ese periodo de tiempo

4- ¿Qué configuración tenemos para los descansos remunerados?

Vamos con el ejemplo para despejar las dudas ▶️Sí, una persona ingresó el 01 de enero del 2026, y para el mes de marzo se tomó dos días. Debemos saber, que para definir la base tomamos el periodo anterior y contamos hacia atrás 360 días o los que exista. Debido a que en plataforma solo está creado enero y febrero del 2026, este será nuestro rango.

¿Cuántos días calendario hay? tenemos un total de 60 días que sería desde el 01 de enero al 28 de febrero de 2026 (Recordemos el efecto laboral todos los meses tienen 30). Luego, debemos sacar, los ingresos proporcional a lo laborado.

Y, finalmente revisamos la configuración que tenemos para los descansos remunerados. Sí al momento de revisar tienes ▶️ Sí, incluir descanso obligatorio remunerado en la nómina. Buscaremos las colillas de los periodos para sumar el pago de los descansos.

¿Cómo se calcula la base?

- Enero: $561,627 (salario de 8 días + ingresos salariales vacaciones + descansos pagados)

- Febrero: $481,566 (salario de 7 días + ingresos salariales vacaciones + descansos pagados)

- Total: $1,043,193

Ese total se divide entre 60 días de calendario (30 de enero + 30 de febrero) y se multiplica por 30 para dejarlo en términos de un mes.

$1,043,193 × 30 ÷ 60 = $521,596

💜¿Qué pasa en el IBC si tiene vacaciones?

Te lo explicó rápido, supongamos que en el mes de agosto, tu empleado a tiempo parcial trabajó 11 días y tuvo 5 días de vacaciones, estamos hablando de un total de 16 días. Quiere decir, que el IBC de seguridad social no sería sobre 2 semanas cotizadas, sino realmente sobre 3, porque debemos contar esos días de vacaciones.

Estos contratos tiene una particularidad según la Resolución 5094 de 2013 nos habla que según el Decreto 2616 de 2013 hay un cotizante tipo 51 (“trabajador de tiempo parcial”): No se exige el reporte de novedades, debido a que, la cotización se hace sobre el bloque de semanas según lo laborado.

¿Ha quedado contestada tu pregunta?