Conoce cuál es la base de cotización a Seguridad Social para los empleados que devengan menos de un salario mínimo al mes.

Conoce cuál es la base de cotización a Seguridad Social para los empleados que devengan menos de un salario mínimo al mes.

Sonríe, en Aleluya te contamos qué sucede si un trabajador devenga menos de un salario mínimo, como debe cotizar a seguridad social. ¡Ahí te va!

Para el cálculo de los aportes a seguridad social cuando el salario sea inferior al mínimo, debes tener en cuenta que el ingreso base de cotización debe ser el salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV).

  • Esto está definido en La ley 100 de 1993, en el artículo 18, donde establece como base mínima para el cálculo de la Seguridad Social, un salario mínimo mensual (1 SMMLV). Y el decreto 510 de 2003, en el Artículo 3, establece que la base de cotización mínima para el sistema de pensiones, en todo caso, será como mínimo un salario mínimo mensual, limitación que también es aplicable al sistema de seguridad social en salud.

  • En el caso de que tengas un empleado con contrato por medio tiempo que tenga un salario inferior al salario mínimo, los Aportes a Seguridad Social se deben hacer sobre el mínimo, según el Artículo 24 del decreto 1703 de 2002, el valor que haga falta para alcanzar la base mínima, deberá ser completado por el empleador y por el empleado en las proporciones correspondientes.