Teniendo claro que la Legislación Colombiana establece que un trabajador cuenta con 15 días hábiles de vacaciones por cada año de trabajo, entonces, el período de vacaciones no son 15 días calendario, sino 15 días hábiles, sin contar domingos ni días festivos (ni sábados, en caso de que en la compañía se descansen los sábados).
Ahora bien, durante el período de vacaciones, todos los días deben ser remunerados, incluso los días no laborables y festivos.
Una persona que normalmente descansa los días sábado y domingo y devenga un salario mensual de $1.200.000 sale a disfrutar sus vacaciones desde el jueves 01/09/2022 hasta el jueves 08/09/2022.
Como los días en período de vacaciones son en total 8 días (como lo indica Aleluya), a la persona se le debe pagar las vacaciones por 8 días y solo se le descuentan de sus vacaciones acumuladas 6 días que son los que cuentan dentro del período de vacaciones que la ley otorga.
Aleluya hace el cálculo para la liquidación de sus vacaciones así:
Vacaciones = Salario base / 30 días * Días en período de vacaciones
Vacaciones = $1.200.000 / 30 días * 8 días
Vacaciones = $320.000
En conclusión, para el cálculo de vacaciones solo deben contarse los días hábiles y todos los días que abarque el período de vacaciones deben ser remunerados por el empleador.