Conoce cómo varían los aportes a seguridad social y parafiscales cuando tus empleados presentan novedades.

Conoce cómo varían los aportes a seguridad social y parafiscales cuando tus empleados presentan novedades.

Sonríe, cuando tus empleados presentan novedades como vacaciones, incapacidades, licencias o suspensión temporal del contrato. Las bases de cotización del sistema de parafiscales y los subsistemas de salud y pensión. ¡Ahí te va!

Vacaciones y licencia remunerada

En el caso del IBC de riesgos este es 0 cero, ya que la persona no está trabajando, por lo que no corre ningún riesgo laboral.

Para calcular los IBC de Salud y Pensión se toma como referencia el IBC del mes anterior al inicio del disfrute de las vacaciones (o de la licencia) y se calcula en proporción a los días disfrutados durante el mes.

El IBC de parafiscales se debe tener en cuenta el valor reconocido por las vacaciones (puede ser diferente al IBC de salud y pensión), además de incluir vacaciones compensadas en dinero.

Incapacidades y licencias de maternidad y paternidad

Para calcular el IBC de Salud y Pensión se debe tener en cuenta el valor reconocido por las administradoras correspondientes.

En el caso de parafiscales el IBC es 0 cero, ya que se paga un auxilio económico que no es salario, por lo que no se deben hacer aportes.


Licencia no remunerada o suspensión temporal del contrato

Para calcular el IBC de Salud y Pensión se toma como referencia el IBC del mes anterior al inicio de la licencia y se calcula en proporción a los días disfrutados durante el mes.

En el caso de parafiscales ocurre lo mismo de incapacidades, el IBC es 0 cero, ya que no hay un pago salarial, por lo que no se deben hacer aportes.

Los IBC de salud y pensión en novedades también deben estar entre 1 y 25 salarios mínimos.

Si requieres más información puedes consultar este artículo de la UGPP.

Esta información ha sido con el fin de orientar a nuestros usuarios sobre el manejo que tienen este tipo de normas en nuestra aplicación. Debes siempre consultar con tu contador, asesor legal o entidades correspondientes, ya que solo ellos serán quienes te asesorarán sobre la aplicación y el manejo que esta legislación tiene en cada caso particular.

Todos los aportes aquí mencionados corresponden a los pagos que debe realizar el empleador. Las deducciones realizadas a los empleados en cuanto a seguridad social, se realizan sobre los ingresos del periodo que se liquida.