Así cambian los aportes a seguridad social y parafiscales cuando tus empleados tienen novedades
¡Sonríe 😁, que las novedades no muerden! Vacaciones, incapacidades, licencias o suspensiones de contrato suelen generar más dudas que un mensaje de la UGPP. Tranquilo(a): aquí te explicamos cómo cambian los aportes a seguridad social y parafiscales cuando hay novedades, sin vueltas ni tecnicismos innecesarios. ¡Ahí te va!
Primero, lo primero: ¿seguridad social o parafiscales? No son lo mismo
🩺 Aportes a seguridad social
Son obligatorios y buscan proteger al trabajador en:
Salud
Pensión
Riesgos laborales
Cubren situaciones como enfermedad, invalidez, vejez, accidentes de trabajo y más.
👉 En salud y pensión, el aporte se divide entre empleador y trabajador.
🧩 Contribuciones parafiscales
También son obligatorias, pero van solo por cuenta del empleador y financian:
Estos aportes se calculan sobre la nómina salarial
El dato clave según la Ley 1607 (léelo con calma 👀)
Aunque tu empresa esté exonerada de aportes a ICBF y SENA, hay una excepción importantísima:
👉 Si un empleado tiene un total devengado mayor a 10 SMMLV, SÍ se deben aportar ICBF y SENA por ese empleado.
🔎 En resumen rápido:
Así de claro. Sin asteriscos.
Tip clave Aleluya 💡: ¿Qué entiende el sistema como “total devengado”?
Por defecto, el sistema evalúa el tope según la configuración avanzada dentro del sistema.
Si quieres que el cálculo tenga en cuenta TODO el devengado, debes incluir:
-
Salario
-
Ingresos salariales
-
Ingresos NO salariales
¿Cómo se hace en Aleluya?
Muy fácil, sigue estos pasos 👇
-
Ve a Configuración
-
Entra a Configuración avanzada
-
Ajusta la configuración de la cuenta correspondiente
-
Guarda los cambios
🎉 Listo.

Desde ese momento, Aleluya calculará la seguridad social y los parafiscales teniendo en cuenta esa configuración.
¿Qué pasa con los aportes cuando hay novedades?
Vamos caso por caso 👇