Cómo Aleluya calcula el excedente del 40% de ingresos no salariales según la Ley 1393 de 2010
Cuando registras pagos no salariales recurrentes a tus empleados y estos superan el 40% del total de su remuneración, Aleluya se pone en modo matemático buena onda 🧮💃 y calcula automáticamente los aportes a seguridad social que exige la Ley 1393 de 2010. Así no tienes que romperte la cabeza… ni la calculadora.
¿Qué es “Total Remuneración”?
Según la UGPP, el Total Remuneración es la suma de pagos Ingresos salariales + Ingresos no salariales recurrentes que recibe tu empleado cada mes.
💡 Tip Aleluya: Aquí no se cuentan las vacaciones (disfrutadas o pagadas en dinero) ni el auxilio de transporte. Tampoco lo que recibe el trabajador para cumplir sus funciones, como gastos de representación o elementos de trabajo.
🫰 Pagos no salariales y salariales que NO se incluyen en el total de la remuneración:
La UGPP ya no tiene en cuenta tampoco el Auxilio de Transporte de acuerdo con el fallo emitido por el H. Consejo de Estado del diecisiete (17) de septiembre de dos mil veinte (2020), mediante el cual declaró la nulidad de los numerales 2 y 3 de la Sección II del Acuerdo 1035 de 2015, expedido por el Consejo Directivo de la UGPP, y en tal sentido la línea adoptada para la aplicación del artículo 30 de la Ley 1393 de 2010 corresponde a: Para efectos de determinar la base de cotización del sistema de seguridad social integral, el artículo 30 de la Ley 1393 de 2010 establece una limitación en los pagos no constitutivos de salario, los cuales no podrán exceder del 40% del total de la remuneración, lo cual permite establecer que los pagos laborales no constitutivos de salario que van a ser objeto de la limitación legal corresponden a los derivados de los pactos de exclusión salarial y los pagos por mera liberalidad que sean habituales, teniendo en cuenta que estos pagos derivados de auxilios o beneficios pueden erosionar la base de cotización de los aportes a seguridad social integral.
Adicionalmente, es necesario precisar que NO se incluirán en el cálculo del total remunerado lo que recibe el trabajador en dinero o en especie no para su beneficio, ni para enriquecer su patrimonio, sino para desempeñar a cabalidad sus funciones, como gastos de representación, auxilio de transporte, elementos de trabajo y otros semejantes.
Pasos para calcular el excedente del 40%
Calcula el Total Remunerado
Suma el salario y los ingresos no salariales (recuerda excluir vacaciones y auxilio de transporte).
Saca el 40%
Multiplica el Total Remunerado por 40%.
Encuentra el excedente
Resta el 40% calculado en el paso anterior a los ingresos no salariales reales.
Suma al IBC
El excedente se agrega al salario para definir el Ingreso Base de Cotización (IBC) a seguridad social.
Ejemplo práctico
Empleado con:
📊 Cálculo paso a paso
Total Remunerado = $1.600.000 + $2.500.000 = $4.100.000
40% del total = $4.100.000× 0,40 = $1.640.000
Excedente = $2.500.000 − $1.640.000= $860.000