鉁嶐煆铰ara tener en cuenta! Siempre que registres en Aleluya ingresos no salariales que superen el 40% del total remunerado del empleado, el sistema genera una alerta informando al respecto.
La UGPP ya no tiene en cuenta tampoco el Auxilio de Transporte de acuerdo con el fallo emitido por el H. Consejo de Estado del diecisiete (17) de septiembre de dos mil veinte (2020), mediante el cual declar贸 la nulidad de los numerales 2 y 3 de la Secci贸n II del Acuerdo 1035 de 2015, expedido por el Consejo Directivo de la UGPP, y en tal sentido la l铆nea adoptada para la aplicaci贸n del art铆culo 30 de la Ley 1393 de 2010 corresponde a: Para efectos de determinar la base de cotizaci贸n del sistema de seguridad social integral, el art铆culo 30 de la Ley 1393 de 2010 establece una limitaci贸n en los pagos no constitutivos de salario, los cuales no podr谩n exceder del 40% del total de la remuneraci贸n, lo cual permite establecer que los pagos laborales no constitutivos de salario que van a ser objeto de la limitaci贸n legal corresponden a los derivados de los pactos de exclusi贸n salarial y los pagos por mera liberalidad que sean habituales, teniendo en cuenta que estos pagos derivados de auxilios o beneficios pueden erosionar la base de cotizaci贸n de los aportes a seguridad social integral.
Adicionalmente, es necesario precisar que NO se incluir谩n en el c谩lculo del total remunerado lo que recibe el trabajador en dinero o en especie no para su beneficio, ni para enriquecer su patrimonio, sino para desempe帽ar a cabalidad sus funciones, como gastos de representaci贸n, auxilio de transporte, elementos de trabajo y otros semejantes.
Para calcular el excedente del 40% Aleluya efect煤a los siguientes c谩lculos:
Total Remunerado
Salario + Ingresos no salariales
40%
Total remunerado * 40%
Excedente
Total ingresos no salariales - (40%)
Te ilustramos como ser铆a el c谩lculo con un ejemplo:
馃憠馃徑Imagina que tienes un empleado cuyo Total Remunerado es de 2.940.000, este total remunerado est谩 compuesto por:
Salario: 1.140.000
Ingresos no salariales: 1.800.000
Recuerda que en Ingresos no salariales no se incluyen vacaciones ni auxilio de transporte. Una vez ya has calculado el Total remunerado debes calcular el 40% de ese valor:
2.940.000* 40%= 1.176.000
Finalmente, debes saber cuanto se ha excedido el l铆mite del 40% y esa diferencia la debes agregar al IBC para aportes a seguridad social.
Excedente: 1.800.000 - 1.176.000= 624.000
Entonces el IBC de cotizaci贸n para seguridad social ser谩: El salario de tu empleado + el excedente del 40%, en este ejemplo:
Salario: 1.140.000
Excedente: 624.000
Total IBC para seguridad social: 1.764.000