Para el cálculo de las indemnizaciones por despido sin justa causa, Aleluya se basa en el Artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el Artículo 8 del Decreto ley 2351 de 1965
Salario a Término Fijo:
"En los contratos a término fijo, el valor de los salarios correspondientes al tiempo que falte para cumplir el plazo estipulado del contrato; o el del lapso determinado por la duración de la obra o la labor contratada, caso en el cual la indemnización no será inferior a quince (15) días"
Salario a Término Indefinido:
Para trabajadores que devenguen un salario inferior a diez (10) salarios mínimos mensuales legales:
1. Treinta (30) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.
2. Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo, se le pagarán veinte (20) días adicionales de salario sobre los treinta (30) básicos del numeral 1, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.
Para trabajadores que devenguen un salario igual o superior a diez (10), salarios mínimos legales mensuales:
1. Veinte (20) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.
2. Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo, se le pagarán quince (15) días adicionales de salario sobre los veinte (20) días básicos del numeral 1 anterior, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.
Los trabajadores que al momento de entrar en vigencia la Ley 789 de 2002, tuvieren diez (10) o más años al servicio continuo del empleador, se les aplicará la tabla de indemnización establecida en los literales b), c) y d) del artículo 6o. de la Ley 50 de 1990, exceptuando el parágrafo transitorio, el cual se aplica únicamente para los trabajadores que tenían diez (10) o más años el primero de enero de 1991.
Cuando seleccionas la Opción No en la pregunta ¿Liquidación con justa causa?, en la Liquidación Laboral de tu empleado, Aleluya calcula la indemnización teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
Para explicarte mejor el cálculo, tenemos unos ejemplos:
1. Una empresa termina el contrato laboral sin justa causa con un empleado que tiene un salario base de $1.000.000, tipo de contrato a término indefinido y con 90 días a liquidar (3 meses de servicio).
Como el tiempo de servicio no es mayor a 1 año y tiene un salario inferior a 10 SMMLV, entonces, le corresponden 30 días de salario, así:
Indemnización por despido = Salario base mensual
Indemnización por despido = $1.000.000
2. Una empresa termina el contrato laboral sin justa causa el día 23/02/2018 con una empleada que tiene un salario base de $15.000.000 y tipo de contrato a término indefinido con fecha de inicio: 06/11/2015
Como prestó más de un año de servicio continuo y tiene un salario superior a 10 SMMLV, entonces, le corresponden 20 días de salario (primer año) más 15 días por cada año de servicio adicional (proporcional), así:
Año 1 (06/11/2015 al 16/11/2016) = 20 días de salario
Año 2 (06/11/2016 al 16/11/2017) = 15 días de salario
Año 2 (06/11/2017 al 23/02/2017 son 108 días)
Proporcional = (15 días / 360 días del año) *108 días = 4.5 días de salario
Entonces, Aleluya suma los días de salario = 20 + 15 + 4.5 = 39.5 días de salario
Por último, calculamos el valor de los días de salario que corresponden:
Indemnización por despido = (Salario base mensual / 30 días del mes) * días de salario
Indemnización por despido = ($15.000.000 / 30 días) * 39.5 días de salario = $19.750.000
Esta información tiene el fin de orientarte sobre el manejo que tienen este tipo de normas en Aleluya. Es tu deber como usuario consultar siempre con tu contador, asesor legal o entidades correspondientes, serán solo ellos quienes te asesoren sobre la aplicación y el manejo que esta legislación tiene en cada caso particular.